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Negligencias médicas

Negligencias médicas

Si usted cree haber sufrido una negligencia médica, desde luego, es porque ha apreciado alguna irregularidad en la actuación profesional sanitaria recibida, ya sea por un error de diagnóstico, de tratamiento, o incluso por un diagnóstico correcto pero tardío, en definitiva, una mala praxis médica que ha podido provocarle un daño físico y/o moral.

De encontrarnos en este supuesto, el primer paso a realizar sería el estudio completo de la documental médica y exploración del paciente para confirmar la viabilidad del procedimiento por parte de un Perito Médico especialista en el tipo de irregularidad médica a tratar, quién, en caso de ser efectivamente viable, se encargaría de elaborar un Informe Médico Pericial de Valoración del Daño corporal y/o moral, que nos permitiría cuantificar la posible indemnización a reclamar.

Para reclamar la supuesta negligencia médica sufrida podemos acudir a tres jurisdicciones diferentes:

  • La jurisdicción civil, si la supuesta negligencia se ha producido en un centro privado, público de gestión privada o se dirige contra la aseguradora del sistema de salud público y se pretende una indemnización económica.

  • La jurisdicción penal, si la reclamación se dirige contra un médico en concreto y se busca, además de la indemnización económica, la condena de prisión e inhabilitación de dicho médico. La vía penal está reservada para casos de inobservancia GRAVE de la lex artis (práctica médica).

  • La jurisdicción contencioso-administrativa, si la negligencia médica se ha producido en un centro público y pretendemos reclamar a la Administración sanitaria una indemnización económica, una vez agotada la vía administrativa (reclamación previa).

Los plazos de prescripción de la acción de reclamación por negligencia médica oscilan entre 1 y 5 años, dependiendo de la jurisdicción a la que acudamos según el caso concreto. En Bernabeu Borreguero abogados, resolveremos todas tus dudas.